UNE EN 16844:2018+A2:2020
Aesthetic medicine services - Non-surgical medical treatments
Servicios de medicina estética. Tratamientos médicos no quirúrgicos.
| Standard number: | UNE EN 16844:2018+A2:2020 |
| Pages: | 55 |
| Released: | 2020-04-29 |
| Status: | Standard |
| Pages (Spanish): | 60 |
UNE EN 16844:2018+A2:2020
Esta norma europea contempla los requisitos para determinados tratamientos médicos no quirúrgicos de medicina estética: tratamientos con inyectables reabsorbibles, toxina botulínica y microinyecciones (microneedling); tratamientos de renovación cutánea fraccional no ablativa y con exfoliantes superficiales, láseres y dispositivos basado en energía similares; tratamientos de regeneración cutánea fraccional ablativa mediante láseres y dispositivos basados en energía similares y utilización de exfoliantes de profundidad media de la piel; otros tratamientos tales como exfoliantes químicos de mayor profundidad de la piel, regeneración cutánea ablativa total mediante láseres y estiramiento facial con hilos tensores. Esta norma europea proporciona recomendaciones para los tratamientos médicos no quirúrgicos de medicina estética, incluyendo el marco ético y los principios generales al amparo de los cuales todos los facultativos y organizaciones interesadas del campo de la medicina estética prestan tales servicios. Estas recomendaciones se aplican antes, durante y después del tratamiento. Cualquier tratamiento de medicina estética que penetra a mayor profundidad del estrato córneo o que tiene o pretende tener un efecto biológico a mayor profundidad del estrato córneo (efectuado con o sin instrumental o productos sanitarios) se incluye en el objeto y campo de aplicación de esta norma europea. Los procedimientos quirúrgicos de medicina estética cubiertos por la Norma EN 16372 y los procedimientos odontológicos ) se excluyen del objeto y campo de aplicación de esta norma europea. Los tratamientos estéticos no médicos (tatuajes y cualquier tratamiento que no afecta a tejidos a mayor profundidad del estrato córneo) que pueden ser practicados legalmente por personal no facultativo (por ejemplo, realizadores de tatuajes, esteticistas) se excluyen del objeto y campo de aplicación de esta norma europea.
